MARCO LEGAL

MARCO LEGAL

La ley 1341 del 30 de julio de 2009 con la que se busca darle a Colombia un marco normativo ya que en ella se promueve el acceso y uso de las tic a través de la educación.
A continuación se mencionan algunos artículos y principios fundamentales de esta nueva ley:
Artículo 1.- OBJETO. La presente Ley determina el marco general para la
 Formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías   de la información y las comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de éstas tecnologías, y el libre acceso de los habitantes a la sociedad de la información.
Artículo 2.- PRINCIPIOS ORIENTADORES. La investigación, el fomento, la
promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones son una política de estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo , cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y
la inclusión social.
Son 2  principios orientadores de la presente Ley:
1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones. El estado y en general todos los agentes del sector de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones deberán colaborar, dentro del marco de sus obligaciones para priorizar el acceso y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la producción de bienes y servicios en condiciones no discriminatorias en la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad.
 2. El Derecho a la comunicación, la información y la educación y los
   Servicios básicos de las TIC: En desarrollo de los artículos 20 y 67 de la
   Constitución Nacional el Estado propiciará a todo colombiano el derecho
   al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones
   Básicas, que permitan el ejercicio pleno de los siguientes derechos: La
   Libertad de expresión y de difundir su pensamiento y opiniones, la de
   informar y recibir información veraz e imparcial, la educación y el acceso
   al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores
   de la cultura. Adicionalmente el Estado establecerá programas para que
   la población de los estratos menos favorecidos y la población rural tengan    acceso y uso  a las plataformas de comunicación, en especial de Internet y
 Contenidos informáticos y de educación integral.
Artículo 6.- Definición de  TIC: Las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones (en adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas,

 Equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la

Compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como:

voz, datos, texto, vídeo e imágenes.

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